“Un grito de dignidad desde el Monte”
Entre otros aspectos novedosos e
imaginados hace un tiempo atrás para los campesinos, se puede leer en la
fundamentación de la sentencia que se reconoce como argumento para futuros
juicios de usurpación el modo de vida y producción campesina, el modo y la
situación a partir de la cual los campesinos e indígenas hacen uso de los
bienes de la naturaleza como lo son la tierra el agua y el monte.
“Cabe destacar, antes de examinar las
constancias de autos, que las personas aquí demandadas (cerca de sesenta y tres
familias) no detentan una posición económica acomodada. Por el contrario, son
personas de escasos recursos que apenas tuvieron, vía posesión, acceso a una
vivienda muy humilde, viviendo del producto de la cría de animales, recolección
de frutas y otras tareas campestres”.
Este aspecto junto con el de la
Tradición serían los dos aspectos fundamentales en la fundamentación de la
sentencia y en los futuros juicios de prescripción adquisitiva que podrían
iniciar la familias de Piruaj bajo y también podrían ser invocados a modo de
jurisprudencia por otras comunidades campesino indígenas que tengan iniciado o
que quieran iniciar juicios por los territorios de los cuales hoy son dueños en
cuanto poseedoras.
Es la primera vez que una Cámara
Federal del norte argentino frena el avance de intereses económicos y políticos
subyacentes, que busca expandirse a costa de títulos confusos, la ignorancia
del campesino y hasta el fatalismo del que "nada se puede hacer".
Cierto es que se han conjugado factores muy importantes entre ellos el apoyo
dado por la Compañía de Jesús de la Misión de San José de Boqueron, el Obispo
del lugar Melitón Chavez, el Premio Nobel de la Paz Adolfo Perez Esquivel,
abogados, etc.
El uso de la prescripción adquisitiva
o usucapión, es un instrumento jurídico al alcance en cualquier tribunal
federal del país cuando como en este caso la tenencia de tierras es ancestral.
Decenas de familias lo han demostrado y no hay nada que indique que no sea
posible difundir esta práctica en otros lugares del país. Eso si, no debe
esperarse que la frontera agrícola busque desalojarlos por medio de la fuerza o
con argumentos y títulos de apariencia legal.
También no es menos cierto que los
campesinos de Piruaj Bajo deberán trabajar en equipo para extender los límites
del fallo en el territorio conforme lo señalan los jueces Marina Cossio,
Ernesto Wayar y Ricardo San Juan.
Hay dos factores esenciales que
deberán coordinarse:
1)
Una buena comunicación y seguimiento de la tarea de abogados bien
elegidos.
2) Un esfuerzo común y desinteresado
para extender las 400 hectáreas a las más de dieciséis mil que son de uso
comunitario. La comunidad, en la articulación de su defensa jurídica y
territorial, siempre ha manifestado su pretensión de adquirir la titularidad
sobre el total del territorio que históricamente ha estado bajo su posesión,
las más de16 mil hectáreas y no solo las 400 en que la que los quería confinar
el empresario. Para ello y seguramente será importante la labor de la Iglesia Católica y los
jesuitas que de modo alguno han reemplazado la voluntad de las víctimas de
estos desalojos sino que han prestar un apoyo logístico en la capacitación y
organización de las comunidades tan alejadas de los centros
tribunalicios".
Dr. Antonio Gustavo Gomez
Fiscal General ante la Cámara Federal de Tucumán, Santiago del
Estero y Catamarca.