El Tribunal Oral en lo Criminal
1 (TOC 1) de Dolores dispuso para el 6 de octubre la audiencia preliminar del
juicio oral para los ocho rugbiers detenidos y acusados de haber asesinado a
golpes al joven Fernando Báez Sosa a la salida de un boliche de la ciudad
balnearia de Villa Gesell, en enero de 2020, informaron hoy fuentes judiciales.
Se trata de la audiencia
de carácter técnico, conocida como del artículo 338, donde las partes se reúnen
para depurar las pruebas y testigos que se exhibirán o citarán en las
audiencias del juicio.
En la notificación –a la
que accedió la agencia Télam-, el TOC 1, integrado por los jueces María Claudia
Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lázzari, indicó que la audiencia se
iniciará a las 11 de ese día en la sede de ese tribunal situado en la calle
Rico 65, de Dolores, y tendrá carácter “semipresencial”, debido a los
protocolos vigentes por la pandemia del coronavirus.
Los jueces decidieron que
las “partes técnicas”, esto es los jueces, secretarios, el fiscal de juicio
Juan Manuel Dávila, y los abogados de las partes –Fernando Burlando y Fabián
Améndola, como representantes de la familia de la víctima, y Hugo Tomei, como
defensor de los acusados-, deberán asistir de manera presencial pero los ocho
rugbiers no serán trasladados y verán la audiencia desde el penal “en forma
remota, mediante la utilización de la plataforma Microsoft Teams”.
En otro punto de la
resolución, el TOC 1 exhortó a las partes “a celebrar en forma conjunta –en la
medida de lo posible-, acuerdos probatorios centrando el objeto del juicio de
manera tal de evitar reproducción de prueba superabundante o superflua, con el
correspondiente dispendio jurisdiccional que ello trae aparejado”.
De acuerdo a la elevación
a juicio ordenada en febrero por el juez de Garantías 6 de Gesell, David
Mancinelli, y confirmada en abril por la Cámara de Apelación y Garantías de
Dolores, enfrentarán el proceso oral Máximo Thomsen (21), Ciro Pertossi
(21), Luciano Pertossi (19), Lucas Pertossi (22), Enzo Comelli (21), Matías
Benicelli (21), Blas Cinalli (20) y Ayrton Viollaz (22).
Los ocho rugbiers
acusados de matar a Báez Sosa en la madrugada del 18 de enero de 2020 frente al
boliche Le Brique están imputados por el delito de “homicidio doblemente
agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”, y
cumplen prisión preventiva en la Alcaidía 3 del penal de Melchor Romero.
En el juicio se debatirán
además las responsabilidades penales de todos ellos por las lesiones sufridas
por cinco amigos de Fernando, que se encontraban con él cuando fue asesinado.
En el marco de la
investigación del homicidio, fueron sobreseídos otros dos jóvenes, acusados de
ser partícipes necesarios: Juan Pedro Guarino (19) y Alejo Milanesi (20).
De acuerdo a la
instrucción del caso, el crimen de Fernando se produjo “entre las 4.41 y las 5
del 18 de enero de 2020, frente al local bailable ubicado en avenida 3 y paseo
102, pleno centro de Gesell”.
El episodio quedó registrado
por cámaras de seguridad y en teléfonos celulares de personas presentes en la
zona, por lo que los sospechosos fueron identificados y detenidos horas más
tarde en la casa que alquilaban, a pocas cuadras del lugar.
Según la investigación,
los ocho jóvenes que serán juzgados “acordaron darle muerte” al joven
estudiante de derecho, y para ello “previamente, distribuyeron funcionalmente
sus roles”, luego de que “minutos antes, al encontrarse en el interior del
local bailable, tuvieran un altercado” con él, “quien se encontraba acompañado
con su grupo de amigos”.
La fiscal indicó en su
pedido de elevación a juicio que “aprovechándose del estado de indefensión de
la víctima, con el fin de darle muerte y cumplir con el plan acordado, los
acusados le propinaron” en el suelo “varias patadas en su rostro y cabeza”, y
los golpes le produjeron “lesiones corporales internas y externas” que
“provocaron su deceso en forma casi inmediata, al causarle un paro cardíaco
producido por shock neurogénico debido a un traumatismo grave de cráneo”.
Precisó además que “luego
de su cometido”, los rugbiers “se dieron a la fuga del lugar, pretendiendo
lograr su impunidad, habiendo sido aprehendidos por personal policial en las
inmediaciones del lugar de los hechos”.
Tras la elevación a
juicio, los imputados renunciaron a la posibilidad de ser sometidos a un juicio
por jurados, porque consideraron que no era posible conformar un tribunal
ciudadano que no estuviera condicionado, debido a “la incuestionable y
lapidaria condena social que se instaló” a través de los medios.